Desde 2025, el Mercado Común del Sur (Mercosur) mantiene en agenda un proceso de armonización del etiquetado frontal de alimentos entre sus países miembros. La iniciativa depende del Subgrupo de Trabajo Nº 3 (SGT-3), un órgano técnico que reporta al Grupo Mercado Común (GMC), cuya meta central consiste en suprimir barreras técnicas al intercambio comercial dentro del bloque. Participan delegaciones de Uruguay, Paraguay, Brasil y Argentina.
En este contexto, la Federación Argentina de Graduados en Nutrición (Fagran) y la Fundación Interamericana del Corazón (FIC Argentina) consiguieron incorporarse como observadores en las reuniones del SGT-3. Como resultado, estas y otras organizaciones de la sociedad civil y especialistas en nutrición advierten que la Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable en Argentina, de etiquetado frontal, corre riesgo.
Ana Cáceres, coordinadora del grupo de trabajo etiquetado y ex presidenta de la Fagran, dijo a la agencia argentina Chequeado que observa «una urgencia de Argentina por avanzar en la unificación«. No obstante, sostuvo que «bajo esa iniciativa puede esconderse un proceso de igualar hacia estándares más bajos. La armonización debería tomar los mejores estándares disponibles, no diluir las políticas que ya han demostrado ser efectivas para proteger la salud, especialmente de niños y niñas».
De acuerdo con reportes de la Organización Panamericana de la Salud, Argentina aplica una de las normativas de rotulado más estrictas del área. El sistema local utiliza octógonos negros y presenta restricciones adicionales en comparación con otros países del Mercosur. El diseño de advertencias argentino abarca cinco nutrientes críticos e incorpora leyendas precautorias sobre cafeína y edulcorantes dirigidas a niños, niñas y adolescentes. Su fundamento técnico se apoya en el Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de Salud (MPN-OPS), un marco respaldado por evidencia científica sin conflictos de interés.
Mario Bedosti, coordinador de Incidencia de FIC, señaló: «Nos preocupa que se retroceda en el etiquetado frontal, lo que implicaría una regresión en términos normativos y posibles colisiones con nuestra Constitución nacional y tratados internacionales que Argentina incorporó con la misma jerarquía».
El debate ocurre en paralelo a un incremento en la prevalencia de enfermedades no transmisibles vinculadas con la dieta. En ese escenario, el etiquetado de alimentos puede ser un instrumento eficaz para ayudar a los consumidores a elegir alimentos saludables, afirma la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus siglas en inglés).
El sistema de advertencias nutricionales en forma de octógono negro fue pionero en el Mercosur, aunque su implementación estuvo marcada por demoras, presiones industriales y modificaciones que debilitaron su alcance original.
Antecedentes y contexto sanitario. Las enfermedades no transmisibles constituyen la principal causa de mortalidad en Uruguay y están estrechamente vinculadas a la alimentación no saludable, caracterizada por un elevado consumo de productos con alto contenido de azúcares, grasas y sodio.
La prevalencia de sobrepeso y obesidad en la población adulta supera el 60%, y afecta también a niños, niñas y adolescentes. Los datos son llamativos: en 2013, el 37,2% de los adultos tenía sobrepeso y un 27,6% obesidad, con una tasa de crecimiento que superaba el 1% anual. En los niños, el 24% tenía sobrepeso y el 16% obesidad. Entre 1999 y 2013, la venta de bebidas azucaradas se triplicó y la de otros alimentos con excesiva cantidad de azúcares, sal y grasas se duplicó.
El decreto fundacional (2018). El 29 de agosto de 2018, el presidente Tabaré Vázquez, junto con el Consejo de Ministros, aprobó el Decreto de Etiquetado Frontal de Alimentos envasados y envió al Parlamento un proyecto de ley sobre la misma temática. La medida buscaba brindar información a la ciudadanía para la rápida identificación de alimentos con contenido excesivo de grasas, sodio y azúcares, así como proteger de engaños o información confusa que atribuye valor de saludable a productos que no lo son.
El gobierno optó por la vía del decreto para acortar los tiempos que habría demandado una ley. El resultado fue el Decreto 272/018, que estableció un etiquetado frontal con el octógono recomendado por la OPS, aunque con un perfil de nutrientes más flexibilizado que el originalmente recomendado por ese organismo.
Los símbolos de diseño octogonal deben contener en su interior la leyenda «exceso» seguida del nutriente que corresponda: grasas, grasas saturadas, azúcares o sodio, y debajo la sigla MSP. El diseño consiste en un área octogonal negra con tipografía en mayúsculas y color blanco en el centro, enmarcada por un área blanca y un filete negro.
Si el alimento excede los valores para alguno de los nutrientes y no se encuentra exceptuado por criterios específicos, deberá constar de rotulado frontal incluyendo un símbolo por cada nutriente que se encuentre en exceso. Están exceptuados de esta normativa los productos con fines medicinales, las fórmulas para lactantes y niños hasta 36 meses, los alimentos para dietas de control de peso por sustitución parcial de comidas, y los suplementos para deportistas.
Que la norma que regula el etiquetado de alimentos sea un decreto y no una ley le dio más capacidad de acción a las empresas, que entre 2018 y 2020 presentaron recursos de revocación, mecanismo que sirvió para dilatar la entrada en vigencia de la norma. Entre las empresas involucradas se encontraban marcas de chacinados, importadoras que trabajan con firmas como Nestlé y Garoto, y fabricantes de pastas.
El vaivén de las modificaciones en la normativa y la falta de claridad en las fechas de entrada en vigencia alimentaron la disconformidad de algunas empresas. Mientras la marca nacional Portezuelo etiquetó sus productos de cara al 1° de marzo de 2020, El Trigal, también uruguaya y competencia directa, no lo hizo en casi ninguno de sus paquetes.
A menos de una semana de la entrada en vigencia del Decreto 246 de 2020, el gobierno uruguayo aprobó otra normativa (N° 34/021) bajo la cual los valores límite de los alimentos con excesos de azúcar, grasas y sodio se flexibilizaron. Paradójicamente, el nuevo decreto se publicó bajo el logo del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) y no bajo la insignia del Ministerio de Salud Pública.
En enero de 2021, trece organizaciones de salud y de la sociedad civil cuestionaron al gobierno de Luis Lacalle Pou por elevar la cantidad considerada «exceso» de azúcar, grasas y sodio en alimentos procesados. El Sindicato Médico del Uruguay (SMU) alertó por la falta de criterio científico de la medida, y la Sociedad Uruguaya de Cardiología (SUC) expresó su preocupación. Esas flexibilizaciones tuvieron consecuencias concretas: en los productos lácteos, gran parte de los que deberían haber llevado el octógono con el Decreto 246/020 quedaron exentos con el Decreto 034/021.
Según relevamientos de organizaciones sociales realizados en 2021 sobre una muestra de 701 personas de capitales departamentales y el área metropolitana, el 67% reduciría la compra de un producto que contenga al menos un octógono.
Sin embargo, las organizaciones que integran la alianza contra las ENT advierten que el etiquetado nutricional frontal «debe ser acompañado de otras acciones» y que es necesario continuar mejorando el sistema en base a «evidencia científica libre de conflictos de interés» que prioricen la salud de la población «sobre los intereses económicos de la industria alimentaria».