El proyecto de ley presentado por los senadores Tabaré Viera y Pedro Bordaberry (Vamos Uruguay) establece un mínimo de 200 días de clase anuales para inicial, primaria y media. La iniciativa, ingresada en febrero de 2025, busca modificar el calendario educativo vigente, que entre 2017 y 2024 registró un máximo de 185 días. Los legisladores colorados sostienen que apunta a “mejorar la calidad de la educación”.
La Comisión de Educación y Cultura de la Cámara de Senadores, presidida por Blanca Rodríguez, consultó al Codicen, a la Udelar y a la Universidad Tecnológica (Utec) en el marco del artículo 202 de la Constitución, que obliga a oír a los entes de enseñanza antes de legislar sobre sus servicios.
Utec respondió en marzo de 2025 con un dictamen “altamente positivo”. El informe, firmado por los entonces consejeros Andrés Gil, Graciela Do Mato y Rodolfo Silveira, señaló que la exigencia de 200 días “contribuye a una mayor exposición a los escenarios de aprendizaje y, en esa línea, (a) alcanzar mejores niveles de logros de aprendizaje”.
El Consejo Directivo Central (Codicen) de la ANEP contestó en noviembre de 2025 a través del Ministerio de Educación y Cultura. En una resolución a la que accedió Búsqueda, el consejo manifestó opinión “desfavorable” y advirtió: “De ser aprobado el proyecto resultaría inconstitucional”. Argumentó que tanto la ANEP como la Udelar son entes autónomos que “dictan su propio ordenamiento jurídico y principalmente dictan las reglas técnicas en el ámbito de su especialidad, sin estar sujetos a jerarquía de ninguna otra autoridad”.
El Codicen enfatizó que “la consagración constitucional de la autonomía no solamente constituye un límite para la Administración Central, sino que limita, a la vez, los poderes del Parlamento”. Establecer la cantidad de días de clase es, a su juicio, una competencia propia de la ANEP, y la iniciativa “lesiona la autonomía técnica encomendada por la Constitución de la República”.
La Universidad de la República (Udelar) se expidió en febrero de 2026. Una resolución de la Asamblea General del Claustro, aprobada por unanimidad el 25 de febrero, sostuvo que el proyecto “podría afectar la autonomía técnica y normativa de los entes autónomos de la enseñanza, consagrada constitucionalmente”. El Consejo Directivo Central (CDC) ratificó el pronunciamiento el 10 de marzo y lo remitió a la comisión parlamentaria.
El dictamen universitario se apoyó en un informe de la directora de Jurídica, Nora Silva, quien consideró que “la materia sobre la que se pretende legislar está comprendida dentro de la especialización de los entes respectivos y es muy discutible que el Poder Legislativo pueda legislar al respecto”. Silva señaló que entre las definiciones que competen a la ANEP figuran las vinculadas al “tiempo destinado a la formación, sea que esté estimado en créditos o en cargas horarias y también en lo relativo a la duración de los cursos”.
El proyecto de ley dispone que “para computar el día de clase como efectivo deberá desarrollarse, por lo menos, el 50% del total de las horas dispuestas para la modalidad educativa que se trate”. Establece una implementación gradual en 2026 y 2027, con la obligación de “garantizar” los 200 días a partir de 2028. Los centros deberán “compensar” los días perdidos “reprogramando las actividades de manera presencial o virtual”, bajo responsabilidad de sus autoridades.
En la exposición de motivos, los senadores citaron a los catedráticos Enrique Sayagués Laso y Alberto Pérez Pérez para defender la constitucionalidad de la iniciativa. Según los legisladores, Sayagués Laso sostiene que “los órganos y entes descentralizados están respecto del Poder Legislativo en la misma situación que los servicios centralizados”. Sobre Pérez Pérez indicaron que el consejo directivo del ente autónomo tiene “todos los poderes de administración”, pero no los de “carácter jurisdiccional o (salvo texto constitucional expreso) los de naturaleza legislativa”.
La División Jurídica de Codicen objetó esos fundamentos. La subdirectora María Gloria Irazábal discrepó “categóricamente” con “las citas doctrinarias” mencionadas, advirtiendo que “como fragmentos que son, resultan ser inexactos y erróneos para fundamentar la pretensión de limitar o reducir el cometido estatal de la ANEP a la sola administración del servicio”. La encargada de la División Jurídica, María Eugenia Sorondo, compartió la observación.
El Codicen, en su resolución, contraargumentó citando al mismo Sayagués Laso: “El Parlamento no puede, bajo forma de ley, dictar actos administrativos en la materia propia de los entes, usurpando la competencia de las autoridades”.
El director sectorial de Planificación Educativa de Codicen, Andrés Peri, y el director ejecutivo de Políticas Educativas, Antonio Romano, elaboraron un informe en el que señalaron que Irazábal argumentó de forma “convincente” que el proyecto “viola la autonomía”. Desde una perspectiva técnica, plantearon que “en América Latina, reducir el ausentismo, mejorar la calidad de la instrucción y hacer un mejor uso del tiempo en la escuela podrían tener un mayor impacto en el aprendizaje que simplemente aumentar el número de días” de clase.
Peri y Romano agregaron que “la investigación muestra que no hay una correlación lineal entre el aumento del año escolar y el rendimiento en PISA” y que “establecer los 200 días como norma, suponiendo la obligación de reponer los días perdidos en caso de que ocurra, no es un criterio universal de buena política”. Estos argumentos fueron incorporados en la resolución de Codicen del 4 de noviembre de 2025.