Orsi anuncia eliminación del IMESI sobre los combustibles hasta a 60km de las fronteras

El presidente de la República, Yamandú Orsi, formalizó este lunes una serie de medidas vinculadas a incentivos tributarios en las regiones limítrofes del país. Durante una conferencia de prensa, el mandatario detalló las disposiciones que modificarán el alcance de ciertos beneficios en una franja territorial específica, así como la ampliación de exoneraciones laborales hacia el oeste del territorio nacional.

La principal novedad anunciada por el Poder Ejecutivo radica en la aplicación de un descuento en el Impuesto Específico Interno (IMESI) para la compra de combustibles. Según lo informado, a partir del 1° de mayo el descuento del Impuesto Específico Interno (IMESI) en el pago de combustibles se extenderá a todas las estaciones de servicio ubicadas hasta 60 kilómetros de la frontera, tanto con Argentina como con Brasil. Esta determinación se fundamenta en la ley aprobada a comienzos de marzo que habilitó al Poder Ejecutivo a extender la franja vigente de 20 kilómetros hasta un máximo de 60 kilómetros.

En ese sentido, Orsi anunció este lunes en conferencia de prensa que optó por utilizar el máximo habilitado, por lo que todas las estaciones que estén ubicadas hasta 60 kilómetros de la frontera tendrán el descuento del IMESI en la venta de combustibles. La implementación de esta medida no será homogénea en toda la extensión territorial habilitada, sino que presentará una gradualidad definida por la normativa vigente.

De acuerdo a la ley aprobada, el descuento es de 32% del IMESI en los primeros 20 kilómetros desde la frontera, y se reduce a la mitad (16%) en el siguiente tramo de 40 kilómetros, hasta llegar a los 60. Este esquema establece un diferencial que busca concentrar el mayor incentivo en las áreas de influencia directa con los países vecinos, manteniendo un beneficio atenuado en la zona de transición hasta el límite de los 60 kilómetros.

La estructura del beneficio responde a los términos establecidos en la ley que faculta al Ejecutivo a determinar la extensión de la franja. Con la decisión de emplear el máximo autorizado, el gobierno amplía significativamente el área geográfica donde operan estas reducciones impositivas, en comparación con el esquema previo que limitaba el descuento a los primeros 20 kilómetros desde la línea fronteriza.

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Además, Orsi anunció que se extenderá al litoral con Argentina la exoneración de aportes patronales para nuevos puestos de trabajo. Este beneficio funciona ya en la frontera con Brasil y ahora se extiende al litoral con Argentina. Con esta disposición, el gobierno equipara las condiciones de incentivo laboral en toda la extensión de las zonas de frontera, abarcando tanto el límite norte y este con Brasil como la región oeste colindante con Argentina.

La medida implica que los empleadores que generen nuevas fuentes de trabajo en los departamentos del litoral podrán acceder a la misma exención de contribuciones patronales que ya estaba disponible en los departamentos fronterizos con Brasil. Esta decisión unifica los criterios de estímulo para la contratación en las regiones periféricas del territorio nacional.

El IMESI es el Impuesto Específico Interno en Uruguay. Se trata de un impuesto indirecto y selectivo que grava la primera enajenación (venta o entrega) o la importación de ciertos bienes considerados de consumo no esencial, de lujo o con impacto en la salud y el ambiente. Su administración recae en la Dirección General Impositiva (DGI), dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, que se encarga de su recaudación y control.

El tributo se aplica a una variedad de productos específicos, entre los que se encuentran los combustibles (nafta, gasoil, supergás), bebidas alcohólicas (cerveza, caña, grapa, vinos finos, licores), tabaco y cigarrillos, bebidas azucaradas y energéticas, automóviles y motos, cosméticos y perfumería en algunos casos, así como grasas y lubricantes en ciertas circunstancias. No se aplica a las exportaciones.

El IMESI es un impuesto monofásico, lo que significa que se paga una sola vez, generalmente en la primera venta por parte del productor o importador. La tasa puede ser un porcentaje del valor o un monto fijo por unidad, como pesos por litro en combustibles o por paquete de cigarrillos, siendo el Poder Ejecutivo quien fija las tasas dentro de los topes legales establecidos.

El costo del impuesto se traslada al precio final, por lo que lo termina pagando el consumidor. Su estructura responde a fines fiscales vinculados a la recaudación, así como a objetivos extrafiscales orientados a desincentivar el consumo de tabaco, alcohol y bebidas azucaradas. Su regulación se encuentra en el Título 11 del Texto Ordenado de la DGI y en decretos específicos que actualizan periódicamente las tasas y montos.

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